La Dirección General de Tráfico denomina como Vehículos de Movilidad Personal (VMP) a los patinetes eléctricos, a los patinetes y monopatines a los que se le ha incorporado un motor.
Debido al incremento importante del uso de este tipo de vehículos en centros urbanos, la DGT ha modificado la normativa, así como los ayuntamientos y comunidades autónomas.
La modificación de la norma incluye:
- Velocidad: se limita la velocidad máxima a 25 km/h , (sancionable hasta con 500 €)
- Queda prohibido el uso del teléfono móvil, auriculares…
- Queda prohibido ir bajo los efectos del alcohol u otro tipo de drogas.
- Prohibido transportar a otra persona en el mismo, ya que son uniplaza.
- Es obligatorio llevar un Certificado de circulación, documento en el que se plasman sus características técnicas, potencia, velocidad, etc.
- Queda prohibido circular por las aceras, zonas peatonales, vías interurbanas, autopistas y túneles, debiendo circular por los carriles bici. Dependiendo de comunidad autónoma, permiten su libre circulación por las aceras.
- Seguro obligatorio: al no ser considerados vehículos a motor no están obligados a contratar un seguro, por lo que son opcionales. Según la DGT en un futuro, será obligatorio ya que podríamos colisionar con un peatón, mobiliario urbano, animal etc. y hacernos cargo nosotros mismos de la responsabilidad civil.
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